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Santo Domingo, RD.-
Conoce los 18 artículos del Código Penal que serán modificados antes de entrar en vigor, incluidos difamación, ultraje y ciberbullying.

El Congreso Nacional conocerá una propuesta para modificar 18 artículos del nuevo Código Penal de la República Dominicana antes de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 74-25. La iniciativa se depositó este viernes ante la Secretaría General Legislativa y remitida a la comisión bicameral encargada de estudiar la reforma.
La propuesta incorpora observaciones formuladas por juristas, académicos, comunicadores, organizaciones sociales y ciudadanos. Los cambios abarcan libertad de expresión, protección de niños y adolescentes, administración de justicia, corrupción y precisión técnica de distintos tipos penales.
El presidente del Senado informó que la iniciativa está en manos de la Comisión Bicameral que estudia el Proyecto de Ley de modificación del Código Penal de la República Dominicana, para su estudio, ponderación y presentación del informe correspondiente.
Asimismo, reiteró el compromiso del Congreso Nacional de que las modificaciones propuestas sean conocidas y aprobadas antes de la entrada en vigor de la Ley núm. 74-25, garantizando que el país cuente desde el primer día con un Código Penal fortalecido, técnicamente más preciso y enriquecido con los aportes realizados durante el proceso de diálogo y revisión legislativa.
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Los 18 artículos
| Artículo | Materia que será revisada |
|---|---|
| 121 | Bullying u hostigamiento |
| 122 | Hostigamiento agravado |
| 123 | Ciberbullying |
| 141 | Plazo de prescripción |
| 142 | Exhibicionismo sexual |
| 144 | Acoso agravado |
| 170 | Autosecuestro |
| 176 | Proxenetismo |
| 192 | Difusión de audio o imágenes sin consentimiento |
| 207 | Perjurio |
| 208 | Difamación |
| 211 | Actos no difamatorios o injuriosos |
| 214 | Abandono de menores |
| 215 | Abandono agravado |
| 248 | Bancarrota simple |
| 303 | Malversación de fondos públicos |
| 310 | Ultraje |
| 354 | Certificación falsa del estado de salud |
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Artículos relacionados con la expresión
El artículo 123, sobre ciberbullying, se precisará para evitar interpretaciones extensivas que puedan afectar la libertad de expresión en plataformas digitales. El artículo 192, relativo a la difusión de audios o imágenes sin consentimiento, incorporará expresamente el criterio de interés público legítimo para reforzar las garantías del ejercicio de la comunicación pública.
Por su parte, el 208 redefinirá el delito de difamación y ajustará su régimen sancionador. El artículo 211 ampliará las garantías aplicables a informaciones y expresiones relacionadas con asuntos de interés público, mientras que el artículo 310 delimitará con mayor claridad el delito de ultraje.
Otros a observar
Los artículos 121 y 122, relacionados con el bullying y el hostigamiento agravado, se revisará para precisar las conductas sancionadas y reorganizar sus agravantes. También irá a revisión el artículo 142, sobre exhibicionismo sexual, y el artículo 144, relativo al acoso agravado.
La reforma incluye los artículos 214 y 215, referentes al abandono de niños, niñas y adolescentes; el artículo 141, sobre el cómputo de la prescripción; el 170, relacionado con el autosecuestro; el 176, sobre proxenetismo; y el 207, que regula el perjurio cuando produce un perjuicio patrimonial.
También se revisarán el artículo 248, sobre bancarrota simple; el 303, relativo a la malversación de fondos públicos; y el 354, que sanciona la certificación falsa del estado de salud. El presidente del Senado afirmó que el objetivo es aprobar todos los cambios antes de que el nuevo Código Penal comience a aplicarse.
Fuente: 📰 elCaribe.com.do

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