- Infracciones y disposiciones han sido difíciles de aplicar. Normalidad. Cotidianidad sigue curso tras acuerdos.

Aunque actualmente se realizan intentos para regular la circulación de motocicletas en el país, ya la Ley 63-17 de movilidad y un reglamento de aplicación circunscrito para este rubro contienen prohibiciones y sanciones sin que, en la práctica, el texto y la normativa hayan sido aplicados por las autoridades ni asumidos por los conductores como deben.
Las infracciones más frecuentes entre motoristas
Entre las prohibiciones se encuentran el utilizar celulares mientras se conduce, algo difícil de aplicar para los repartidores de pedidos y motoristas que suelen obtener las directrices desde un móvil mientras conducen.
También está prohibido transportar niños menores de ocho años, sujetarse a otro vehículo en movimiento, circular sin casco, utilizar faros no homologados por el Intrant y, sorpresa, adelantarse por la derecha o entre vehículos por las carreteras interurbanas.
No se puede, una motocicleta, ser utilizada por más de dos personas a la vez, llevar personas o animales entre los brazos o las piernas del conductor y las carreras clandestinas.
El párrafo I del artículo 76 establece que toda persona que se dedique al transporte remunerado de pasajeros o mercancías en motocicletas sin la licencia de operación correspondiente o utilizando una motocicleta no registrada para esos fines será castigada con una multa equivalente a un salario mínimo del sector público centralizado en caso de reincidencia.
También prevé la cancelación de autorizaciones cuando los operadores incumplan sus obligaciones o abandonen el servicio de manera reiterada.
El rol de los ayuntamientos y el Intrant en la regulación de motocicletas
Hasta el momento, sólo en el Ayuntamiento de Santo Domingo Este se intentó materializar esta indicación aunque no con mucho éxito. Si bien el tema de los motoristas luce cerrado tras lograrse acuerdos entre las partes, en las calles la cotidianidad desordenada persiste.
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