
La Sala suspende la pena al considerar que el conseguidor aportó «información veraz y relevante» para acreditar los hechos e incriminar a otros partícipes.
El propio comisionista, quien este lunes acudió en persona al Supremo para recoger el fallo, se declaró «satisfecho» tras conocer la resolución que le permitirá no volver a Soto del Real. «Espero que, con esta sentencia, los que vienen detrás colaboren», apostilló.
Al margen de las valoraciones del condenado, el mensaje del más alto tribunal del país en plena oleada de investigaciones sobre corrupción es nítido. Quien colabora de verdad puede salvarse de la prisión aunque haya participado en una trama de corrupción. Aldama no queda absuelto. El Supremo le condena por organización criminal y cohechos. Pero suspende durante cinco años la ejecución de sus penas privativas de libertad porque su «aportación realizada al descubrimiento de los delitos» merece, según la sentencia, una respuesta excepcional.
La resolución va mucho más allá de una rebaja técnica. La Sala afirma que no puede «ignorar la colaboración prestada por este acusado», admitida por Fiscalía y acusaciones. Y añade una reflexión con destinatario evidente para otros investigados en causas abiertas: en los delitos «más graves o cometidos por organizaciones», precisamente aquellos en los que la investigación es «más compleja y dificultosa», negar cualquier beneficio al acusado que confiesa invitaría a los imputados a «negar los hechos» y «entorpecer la investigación».
Aldama ha recibido ese premio porque, según el Supremo, no se limitó a acomodar su relato a lo que ya estaba probado. «No se ha limitado a confesar los hechos objeto de acusación», dice la sentencia. Al contrario, aportó documentación que acreditaba el inicio de sus relaciones con José Luis Ábalos, negadas por el exministro y desconocidas para los investigadores; entregó el contrato de arrendamiento con opción de compra del piso del paseo de la Castellana; dio información sobre posibles amaños de obra pública remitida a otros juzgados; y su relato apareció corroborado por la prueba.
La frase más importante para otros arrepentidos potenciales está en el fundamento sobre la atenuante: Aldama prestó una «cooperación plena y continua, a lo largo de todo el procedimiento, mantenida y completada en el juicio oral», con «información veraz y relevante», «medios de prueba» y «datos significativos» para acreditar los hechos enjuiciados. No solo eso. También contribuyó al «esclarecimiento de otros hechos delictivos» y a la «incriminación de otros copartícipes»
Por eso la Sala le reconoce una atenuante de colaboración con la justicia «en forma muy cualificada». En los delitos de organización criminal y en los cohechos generales para cohesionar la organización, la rebaja es de dos grados. En el resto, de uno. La consecuencia práctica es enorme: Ábalos recibe 24 años y tres meses; Koldo, 19 años, ocho meses y un día; Aldama, cuatro años y medio, pero con la puerta de la cárcel cerrada si cumple las condiciones.
La sentencia no oculta la gravedad de lo que hizo. Al contrario. El Supremo dice que Aldama participó en una trama de «corrupción orgánica, organizada y continuada desde las más altas instancias del poder político». Pero ahí está precisamente la razón de fondo de su premio. Según la Sala, «solo quien ha cometido tales delitos, desde su integración en ese entramado delictivo, puede ofrecer detalles definitivos para su completo esclarecimiento e identificación de todos los posibles responsables».
La resolución deja otra frase de manual para futuros delatores: «El Estado de derecho debe premiar con los instrumentos previstos en la legislación aquellos comportamientos relevantes que inciden en el descubrimiento y acreditación de delitos de la gravedad para el sistema democrático como los que son objeto de este juicio». Y remata: «Las actitudes procesales de colaboración deben ser premiadas para conseguir la depuración de estas conductas de corrupción». En el caso de Aldama, concluye, la colaboración ha sido «máxima», y «máxima será la compensación».
La suspensión no es gratis. Aldama deberá permanecer cinco años sin delinquir, comparecer cada seis meses ante el Supremo para informar de sus actividades laborales, mercantiles o empresariales y realizar un año de trabajos en beneficio de la comunidad. La Sala subraya que esta prestación tiene una «significativa carga simbólica de reparación» porque el empresario realizó «conductas de corrupción» contra autoridades y funcionarios, lesionando «bienes jurídicos colectivos de máxima relevancia constitucional».
El Supremo también recuerda que su colaboración no se agota en esta sentencia. Aldama aportó información que ha favorecido «otras investigaciones y procedimientos seguidos en distintos juzgados», en los que «continúa prestando una colaboración activa». Ese es el aviso. La sentencia condena al corruptor, pero premia al corruptor que habla. Y, en las demás causas que aún tiemblan alrededor del PSOE, esa doctrina puede valer más que muchos silencios.

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