
La sociedad quería saber los detalles de lo ocurrido y que se condenarán con prontitud a todos los involucrados. Punto.
En la audiencia condenatoria, el Ministerio Público estuvo representado por el entonces fiscal Francisco Domínguez Brito, el procurador adjunto Bolívar Sánchez Veloz y el ex fiscal adjunto Teobaldo Durán.
En declaraciones recientes, Domínguez Brito dice seguir cargando ese expediente como una deuda personal. Confesó que soñó muchas veces con el niño dentro del baúl, atado durante 45 minutos: “Me imaginaba el miedo, el dolor, la angustia. Este caso me destruye por dentro”.

Redondo Llenas confesó al tribunal que su odio a Palma de la Calzada era de tal magnitud que, cuando le infirió las 34 puñaladas al cuerpo de su primo, pensó que se las estaba dando a él y no al menor.
El problema fue que esas declaraciones llegaron tarde y sin sustento. Redondo Llenas no mencionó a los argentinos hasta cuatro meses después de ser detenido, durante el tercer interrogatorio. Una nota del periódico publicada en mayo de 1998, indicaba que el esposo y el hijo de Teresa Meccia, exembajadora de Argentina en el país, serían juzgados por su implicación en el crimen. Estas vinculaciones provocaron que la funcionaria diplomática abandonara el país supuestamente para evitar agresiones físicas.
El juez que llevaba el caso, Julio Canó Alfau, decidió llevar en paralelo el juicio, ya que los señalados no se presentaron en audiencia. La nota anteriormente citada detalla que los señalados rechazaron acatar notificaciones y aunque se hicieron algunos acercamientos desde Cancillería, nunca se logró su participación en la etapa judicial.
Un expediente judicial que cerró con condenas firmes, pero dejó abiertas preguntas que nadie quiso responder oficialmente. Pese a los hechos denunciados en el tribunal, tanto por Redondo Llenas como por Moliné Rodríguez, las autoridades nunca los investigaron e, incluso, como ya hemos dicho, nunca se supo a ciencia cierta el móvil del crimen.
En apelación, la condena del segundo fue reducida a veinte años al ser considerado coautor y no autor principal.
Las polémicas no se hicieron esperar. Sectores de la sociedad cuestionaron si las sentencias reflejaban proporcionalmente la gravedad del crimen, mientras otros denunciaban posibles privilegios por el origen social de los acusados.
Algunos de los fiscales actuantes consideraron un móvil atravesado por la vanidad: la intención de obtener dinero para gastos asociados al estatus social. Pero esa explicación nunca satisfizo del todo a nadie. La justicia dominicana respondió con lo que tenía. Una condena máxima de treinta años y otra de veinte.
Cronología
Un expediente judicial que cerró con condenas firmes, pero dejó abiertas preguntas que nadie quiso responder oficialmente. Pese a los hechos denunciados en el tribunal, tanto por Redondo Llenas como por Moliné Rodríguez, las autoridades nunca los investigaron e, incluso, como ya hemos dicho, nunca se supo a ciencia cierta el móvil del crimen.
En apelación, la condena del segundo fue reducida a veinte años al ser considerado coautor y no autor principal.
Las polémicas no se hicieron esperar. Sectores de la sociedad cuestionaron si las sentencias reflejaban proporcionalmente la gravedad del crimen, mientras otros denunciaban posibles privilegios por el origen social de los acusados.
Algunos de los fiscales actuantes consideraron un móvil atravesado por la vanidad: la intención de obtener dinero para gastos asociados al estatus social. Pero esa explicación nunca satisfizo del todo a nadie. La justicia dominicana respondió con lo que tenía. Una condena máxima de treinta años y otra de veinte.
Cronología

No hay comentarios:
Publicar un comentario