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martes, 19 de mayo de 2026

El juez sitúa a Zapatero como líder de "una trama organizada de ejercicio ilícito de influencias".

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Calama señala que puso "sus contactos personales y su capacidad de acceso a altos cargos" al servicio de terceros "interesados en obtener decisiones favorables" 

AMP.-El PSOE apoya a Zapatero, defiende la presunción de inocencia y señala a la derecha: "El que pueda hacer que haga"
AMP.-El PSOE apoya a Zapatero, defiende la presunción de inocencia y señala a la derecha: "El que pueda hacer que haga"Europa Press


El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama considera al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero el presunto líder de "un estructura estable y jerarquizada de tráfico de influencias" cuya objetivo era "la obtención de beneficios económicos mediante la intermediación y el ejercicio de influencias ante instancias públicas en favor de terceros, principalmente Plus Ultra".

En el auto en el que el magistrado acuerda su citación como testigo el próximo 2 de junio, Calama explica que la supuesta trama utilizó sociedades instrumentales, documentación simulada y canales financieros opacos "para ejercer influencias ilícitas, ocultar el origen y destino de los fondos y obtener beneficios económicos en favor de terceros y del propio entramado".

A lo largo de 85 páginas, el instructor señala que la investigación -que asumió el pasado marzo tras inhibirse un juzgado de Madrid- ha permitido constatar la existencia de "una trama organizada de ejercicio ilícito de influencias, estructuralmente organizada y liderada por José Luis Rodríguez Zapatero, que habría puesto sus contactos personales y su capacidad de acceso a altos cargos de la Administración al servicio de terceros interesados en obtener decisiones favorables".

Asimismo, ve indicios de la intervención de Manuel Aaron Fajardo y Julio Martínez Martínez como intermediarios directos con los clientes, así como la participación operativa de su secretaria María Gertrudis Alcázar y de Cristóbal Cano, lo que según el juez "revela un reparto funcional de tareas orientado a maximizar la eficacia de las gestiones ante organismos públicos".

Objetivo: el rescate de Plus Ultra.

Para el magistrado de la Audiencia Nacional, esas influencias no se ceñían a "obtener un trato general o una expectativa indeterminada", sino que perseguían la consecución de una resolución administrativa concreta: el rescate de la compañía aérea Plus Ultra -que se llevó a cabo en marzo de 2021 y que supuso un desembolso de 53 millones de euros- en el marco del Fondo de Apoyo a la Solvencia.

En su resolución, Calama detalla reuniones, contactos y comunicaciones −incluyendo el acceso anticipado a información privilegiada sobre la inminente concesión de la ayuda− que según pone de relieve evidencian que la red actuó con la finalidad específica de influir en la decisión del órgano competente.

Del mismo modo, la investigación apunta a la existencia de contraprestaciones económicas canalizadas a través del entorno empresarial controlado por Julio Martínez mediante "contratos de asesoría elaborados ad hoc y pagos directos e indirectos procedentes de Plus Ultra" y de otras sociedades vinculadas. Algo que, destaca el juez, supone un indicio "relevante" que enlaza la actividad de influencia y el beneficio económico perseguido.

Empresas fantasma

En cuanto al reparto de beneficios, alude a la utilización de sociedades instrumentales como Caletón Consultores y Summer Wind, lo que considera que demuestra la "triangulación de pagos" y la participación de administradores con funciones de testaferros, que refuerzan la apariencia de una estructura diseñada para ocultar el origen y destino de los fondos.

El instructor recuerda que los directivos de Plus Ultra intentaron obtener esa inyección económica de la SEPI mediante "mecanismos ajenos a los cauces legalmente establecidos". Con ese propósito, continúa, articularon dos líneas de influencia diferenciadas: una a través del entonces ministro de Transportes José Luis Ábalos y otra a través de Zapatero. Aunque ambas habrían desplegado sus influencias de forma simultánea, finalmente fue la del expresidente la que adquirió un "papel predominante" y permitió a Plus Ultra obtener esa ayuda de 53 millones en plena pandemia.

En cuanto a la presunta estructura delictiva que habría operado para conseguir esa ayuda de la Administración, Calama ve indicios de que esa red organizada dedicada al ejercicio de influencias se sustentaba en los contactos de Zapatero y actuaba en beneficio de terceras personas, siendo estos quienes en su condición de clientes abonaban determinadas cantidades a cambio de los servicios prestados.

Implica a la empresa de sus hijas.

En esta estructura, según el juez, Julio Martínez desempeñaría un papel relevante en distintos niveles: como interlocutor habitual de los clientes de la red, como receptor y ejecutor de instrucciones directas de Zapatero y, también, como responsable de un entramado societario destinado a canalizar los fondos percibidos de dichos clientes.

El auto también aborda el modus operandi para canalizar esos pagos: la transferencia de los fondos al entorno societario se habría formalizado mediante contratos, generalmente de asesoría o consultoría, utilizados como "mera justificación documental". El principal beneficiario final de esos ingresos obtenidos sería el expresidente del Ejecutivo y la sociedad Whathefav SL, cuyas administradoras y socias son sus dos hijas, "recurriéndose nuevamente a contratos de similar naturaleza para justificar el trasvase de fondos".

En un tercer nivel jerárquico sitúa a María Gertrudis Alcázar, secretaria de la oficina de Rodríguez Zapatero, quien se habría encaergado de ejecutar directamente las órdenes impartidas por el exlíder del PSOE, y a Cristóbal Cano, a quien atribuye un rol equivalente, pero en su caso respescto a Julio Martínez, actuando como gestor diario del entorno societario controlado por el empresario, manteniendo además un contacto fluido con Alcázar.

Para el instructor, el acceso de la supuesta trama a información privilegiada queda evidenciado cuando, en febrero de 2021, dos de los investigados celebraron en un intercambio de mensajes la concesión de la ayuda a Plus Ultra antes de la decisión formal del Consejo Gestor y de su aprobación definitiva el 9 de marzo de ese mismo año.

Empresa off-shore en Dubái.

Calama no considera casual que Plus Ultra se pusiese en contacto con Zapatero, pues según expone este hecho se enmarca en la existencia de una trama organizada de ejercicio ilícito de influencias, cuyo liderazgo le atribuye, "que selecciona clientes, imparte instrucciones para crear sociedades en territorios off-shore y adopta estrategias para desvincularse formalmente de la estructura".

Fuera de nuestras fronteras, pone de relieve, esa supuesta red de influencias también actuó, pues afirma que siguiendo instrucciones del expresidente se creó al menos una sociedad off-shore, Landside Dubai Fzco o Landside Middle East Fzco, participada al 100% por Idella Consulenza Strategica, con un plan de negocio de tres millones de dólares en cinco años.

A este respecto, refiere que Idella suscribió con Plus Ultra el 19 de enero de 2021 un contrato para cobrar el 1% del rescate (530.000 euros). La proximidad temporal entre dicho contrato, el inicio de gestiones para constituir Landside (el 26 de enero de 2021) y la ausencia de pagos en España apunta -subraya el magistrado- a que la sociedad off-shore podría haberse creado para canalizar ese cobro.

En cuanto a los beneficiarios finales, llama la atención sobre el hecho de que Análisis Relevante habría remitido 490.780 euros a Zapatero y 239.755 euros a Whathefav, la empresa de sus hijdas, incidiendo en que la mayor parte de los fondos recibidos por Análisis Relevante -procedentes de Plus Ultra, Inteligencia Prospectiva, Softgestor y Grupo Aldesa- terminaron en el entorno de José Luis Rodríguez Zapatero.

Además, añade, el Gate Center habría enviado 352.980 euros al expresidente y 171.727 euros a Whathefav, mientras que sociedades del grupo Thinking Heads, vinculado a Daniel Romero-Abreu Kaup, habrían enviado 681.318 euros a Zapatero y 12.297 euros a la sociedad de sus hijas.

Tráfico de influencias

En cuanto a los indicios que apuntan a un delito de tráfico de influencias, Calama cree que la investigación acredita la existencia "de una influencia ejercida o simulada" orientada a la obtención de una resolución administrativa concreta, además de una vinculación entre la influencia y el beneficio económico perseguido, todo ello en el marco de una red organizada y jerarquizada que habría actuado en favor de Plus Ultra y cuyos beneficios económicos habrían sido canalizados hacia Zapatero y su entorno más próximo.

Pero más allá del rescate de Plus Ultra, el instructor deja constancia de la existencia de una segunda línea de influencia dirigida a intervenir ante el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) de Venezuela para asegurar la autorización de vuelos de la compañía aérea, aprovechando la posición de influencia que Julio Martínez mantenía sobre el presidente del INAC, el mayor general Juan Manuel Teixeira.

En ambos casos, se trata -especifica el juez- de un único delito de tráfico de influencias pues entiende que responden a un "plan global de actuación" en el que la presunta trama desplegaba su capacidad de influencia al servicio de intereses empresariales concretos, obteniendo contraprestaciones canalizadas a través del entramado societario controlado por Julio Martínez.

Indicios de blanqueo

Asimismo, también aprecia indicios de blanqueo al haberse acreditado, en su opinión, la existencia de una estructura societaria y financiera internacional diseñada para canalizar fondos de origen ilícito, ocultar la titularidad real de activos y desplazar capitales fuera del territorio nacional. Para el juez, Zapatero -con la participación de María Gertrudis Alcázar y Julio Martínez- dio instrucciones para la constitución en Dubai de la citada sociedad, cuyo plan de negocio preveía ingresos de tres millones de dólares en cinco años y que estaría íntegramente participada por la empresa española Idella Consulenza Strategica, administrada por el propio Martínez. Para Calama, esa empresa se creo para recibir fondos en el extranjero, evitando seguir el rastro de los pagos en España.


Y recuerda que concurren en este caso los requisitos que fija el Tribunal Supremo para constatar la existencia de un delito de blanqueo de capitales: la creación de sociedades instrumentales en jurisdicciones de baja transparencia, la utilización de estructuras fiduciarias para ocultar la titularidad real, la canalización de fondos a través de cuentas o productos financieros situados en el extranjero y la desconexión deliberada entre el origen de los fondos y su destino final.

Y es que para Calama los investigados habrían realizado actos de ocultación, conversión o transmisión de bienes presuntamente ilícitos mediante una estructura societaria internacional diseñada para impedir su rastreo.

Rechaza el registro de su domicilio.

En esa resolución, el magistrado rechaza el registro del domicilio del expresidente del Gobierno -aunque sí ha ordenado a la UDEF entrar en su oficina en la calle Ferraz y en la sede de tres empresas-, pese a que así se lo había solicitado la unidad policial.

Sin embargo, Calama argumenta que a estas alturas de la investigación no hay nada que pueda apuntar a que Zapatero oculte en su domicilio pruebas relevantes, por lo que el registro de su vivienda no puede acordarse sin incurrir en una actuación meramente prospectiva.

El hecho de que resulte público y notorio la existencia de una investigación judicial sobre el rescate de Plus Ultra -argumenta- reduce de manera significativa la probabilidad de que en el domicilio del exlíder del PSOE puedan ocultarse pruebas.

"La amplia difusión mediática y la notoriedad del procedimiento judicial en curso hacen razonablemente presumible que cualquier elemento incriminatorio eventualmente existente habría sido ya retirado, destruido o trasladado, lo que debilita la proporcionalidad y necesidad de la medida restrictiva solicitada", asegura

Y, además, considera que existen menos graves para garantizar el buen fin de la investigación que permiten obtener la información relevante sin necesidad de acceder al domicilio privado de Zapatero, como son el registro de su oficina. "La existencia de esta alternativa, menos intrusiva y plenamente eficaz, excluye la necesidad del registro domiciliario, insiste Calama.

Para el instructor, "el grado de afectación" de la medida sería "especialmente intenso, no solo por tratarse de un espacio estrictamente privado, sino también por la posición institucional" de Zapatero, "cuyo domicilio constituye un ámbito especialmente sensible desde la perspectiva de la privacidad y la seguridad personal".

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